La mediación ya no espera en el buzón.
Ahora espera en el mail.
Notificaciones, audiencias y firma de actas de la mediación prejudicial obligatoria ya son 100% digitales. Un cliente que no revisa su correo a tiempo puede quedar incompareciente. Ofrecele una casilla que administra tu estudio.
Todo el proceso corre por correo — y por reloj.
La reforma del Decreto 1467/2011 (Ley 26.589) reemplaza la cédula de papel por notificación digital, valida la audiencia virtual como equivalente a la presencial, y pone plazos concretos a la firma electrónica del acta.
Ya no llega un cadete a la puerta
Se notifica por Trámite a Distancia y domicilio electrónico. Si nadie revisa esa casilla, la notificación igual corre.
3 días hábiles, después intimación
El acta queda disponible para firma electrónica por 3 días hábiles judiciales. Vencido el plazo, el mediador intima 2 días más.
Incompareciente
Si nadie firma en ese plazo, el mediador declara a la parte incompareciente — con las consecuencias procesales que eso implica en la causa.
Tu estudio administra el correo. Tu cliente no pierde el plazo.
Cada cliente recibe una casilla propia bajo el dominio de tu estudio
(dni@tuestudio.com.ar), pero es tu equipo quien la monitorea,
coordina la audiencia y gestiona la firma — como un servicio más que ofrecés,
no una tarea que le dejás al cliente.
- Alta automática por DNI. Escaneás el código del frente del DNI y la ficha del cliente se crea sola, con su casilla ya lista.
- Casilla bajo tu propio dominio. El cliente recibe notificaciones de
@tuestudio.com.ar, no de un proveedor externo. - Panel con estado en tiempo real. Vas viendo cada casilla: activa, procesando, con error — nunca "se perdió en algún lado".
- Complementa Lex Doctor, no lo reemplaza. Vos seguís llevando el expediente donde ya lo llevás — esto resuelve específicamente el correo del cliente.
De la foto del DNI a la firma en término.
Escaneás el DNI
El código del frente se lee desde el navegador. Nada se sube ni se guarda como imagen.
Se crea la casilla
dni@tuestudio.com.ar queda activa, lista para recibir notificaciones de mediación.
Tu equipo la administra
Coordina la audiencia virtual y revisa cuándo el acta queda disponible para firmar.
Se firma en término
Nadie queda incompareciente por no haber revisado un mail a tiempo.
La base normativa, en criollo.
Incorpora la modalidad de audiencia virtual con plena validez jurídica (ya no como excepción de pandemia), reemplaza la cédula en papel por notificación mediante Trámite a Distancia y domicilio electrónico, y regula la firma electrónica del acta de mediación con plazo de 3 días hábiles judiciales, prorrogable por 2 días más vía intimación del mediador. Vencido ese plazo sin firma, corresponde declarar a la parte incompareciente.
La implementación operativa rige desde el 29 de junio de 2026, a través del Sistema Informatizado de Gestión Integral de la Mediación Prejudicial Obligatoria (SIGIM) a cargo del Ministerio de Justicia.
Esta página resume la norma con fines informativos — no constituye asesoramiento legal. Consultá el texto completo en el Boletín Oficial.
Estudios que ya litigan mediación prejudicial.
Estudios civiles y comerciales
Cualquier causa que pase por mediación prejudicial obligatoria en la Justicia Nacional entra en este flujo desde junio de 2026.
Estudios con muchos clientes por vez
Cuantos más clientes en mediación simultánea, más plazos que no se pueden dejar librados a que cada uno revise su correo.
Estudios que ya usan Lex Doctor
No reemplaza tu gestión de expedientes — resuelve específicamente el correo y la firma del cliente, complementando lo que ya tenés.
Pedí una demo con tu propio caso
Te mostramos el flujo completo — escaneo de DNI, alta de la casilla y el panel de seguimiento — con un estudio de prueba armado para vos.